El Consejo Nacional Electoral (CNE) avocó conocimiento, bajo el expediente CNE-E-DG-2026-005385, de una solicitud que busca revocar la inscripción del candidato presidencial Abelardo Gabriel de la Espriella Otero, avalado por el grupo significativo de ciudadanos Defensores de la Patria para las elecciones del 31 de mayo de 2026, tras una denuncia por presuntas firmas falsas en su proceso de inscripción.
La solicitud fue presentada por el ciudadano Marceliano Julio Fonseca Bolívar, quien argumentó que el candidato habría inscrito su aspiración con “documentos falsos y firmas de apoyos que no son del puño y letra de los ciudadanos”, en presunta vulneración del principio constitucional de buena fe. El comité inscriptor de De la Espriella entregó 5.079.000 registros de firmas, pero la Registraduría Nacional del Estado Civil solo validó 1.978.108, equivalentes al 38,95% del total.
En el auto fechado el 16 de abril de 2026, el CNE ordenó la práctica de pruebas y solicitó a la Dirección de Gestión Electoral de la Registraduría que, en un plazo de cinco días hábiles, certifique el número total de firmas entregadas, cuántas fueron declaradas válidas y las razones legales por las cuales se rechazaron o anularon las restantes. El organismo también requirió al candidato y al comité inscriptor para que se pronuncien y aporten las pruebas que pretendan hacer valer en el mismo término.
🔴 #Noticias | El CNE abrió investigación y ordenó pruebas en proceso de revocatoria contra la candidatura de Abelardo de la Espriella. pic.twitter.com/lh0BKLDDaC
— CABLENOTICIAS (@CABLENOTICIAS) May 3, 2026
De la Espriella rechaza las acusaciones y defiende validez de sus firmas
Ante el inicio de la actuación administrativa, el candidato De la Espriella emitió un comunicado de prensa en el que aseguró que todas las revisiones de las firmas de su candidatura ya fueron adelantadas por la Registraduría Nacional. Sostuvo que, de los 22 grupos significativos de ciudadanos que participaron en el proceso, solo en dos casos se detectaron inconsistencias con posibles conductas irregulares, las cuales ya fueron trasladadas a la Fiscalía General de la Nación. En los demás procesos, indicó, “no hubo fraude, sino incidencias técnicas comunes en este tipo de procedimientos”.
El CNE aclaró que no cuenta con los elementos de juicio suficientes para tomar una decisión de fondo sobre la solicitud de revocatoria, razón por la cual ordenó la práctica de pruebas. El organismo recordó que tiene la facultad de revocar inscripciones cuando exista prueba plena de una causal, aunque subrayó que todo el proceso debe respetar el debido proceso y las garantías constitucionales del candidato.
La denuncia de Fonseca Bolívar también solicitó que se revoque totalmente el acta de inscripción electoral y la resolución que la declaró válida. El CNE, a su vez, le exigió al propio denunciante que “señale de forma clara, precisa y concreta la causal de revocatoria” y allegue el material probatorio correspondiente para sustentar su queja.
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De la Espriella enfrenta presión electoral a menos de un mes de los comicios
La actuación del CNE llega en un momento crítico del calendario electoral colombiano, a menos de cuatro semanas de la primera vuelta presidencial del 31 de mayo de 2026. Según una encuesta de GAD3 difundida en días recientes, Abelardo de la Espriella figura en segundo lugar en intención de voto con un 21%, por detrás del candidato Iván Cepeda, quien alcanza el 36%. La presión sobre el comité Defensores de la Patria aumenta en la medida en que debe demostrar la validez de su actuación preelectoral dentro del plazo fijado por el organismo electoral.
Qué sigue en el proceso contra De la Espriella
El expediente CNE-E-DG-2026-005385 permanece en etapa preliminar de práctica de pruebas. Una vez recibida la información de la Registraduría y los descargos de De la Espriella y del comité inscriptor, el CNE determinará si existen elementos suficientes para avanzar hacia una decisión de fondo. Por ahora, la candidatura del abogado cartagenero sigue vigente y no ha sido suspendida. La celeridad con la que el organismo electoral procese la información será determinante, dado que el calendario no admite dilaciones frente a unos comicios presidenciales que se aproximan con rapidez.
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